La indignación más reciente

Artículo publicado en El Nuevo Día.
El 6 de julio de 2015, el Tribunal Federal de Apelaciones del Primer Circuito confirmó lo que la metrópoli ya nos había dicho: que el Congreso tiene poderes plenarios sobre el territorio de Puerto Rico.
Éste ha sido el mensaje sistemático a través de los años expresado por las ramas ejecutiva, legislativa y judicial de Estados Unidos.
En palabras de los jueces Lynch y Howard, “de conformidad con los poderes plenarios que le confiere la cláusula territorial” de la Constitución estadounidense, el Congreso puede decidir las formas de lidiar con la crisis fiscal por la cual atraviesa el territorio de Puerto Rico.
Sin embargo, el juez Juan Torruella le recuerda al Tribunal que Puerto Rico está “efectivamente excluido del proceso político en el Congreso”.
José Trías Monge nos señala en sus memorias que una de las “razones indicativas de la condición colonial de Puerto Rico es que las leyes de Estados Unidos se aplican a Puerto Rico sin su participación o consentimiento”.
Esta imposición violenta el principio básico democrático de que los ciudadanos deben estar gobernados por sus leyes y no estar sujetos a leyes aprobadas por representantes ajenos al bienestar de los gobernados.
La metrópoli determinó que no podemos usar la ley de quiebras federal que utilizó Detroit, debido a que no somos un estado de la unión. Pero tampoco nuestro gobierno local puede aprobar una ley de quiebra criolla porque sería inconstitucional.
Pero el asunto es más complejo, ya que hasta 1984 Puerto Rico recibía el mismo trato de un estado federal en cuanto a la ley de quiebras.
Pero ese año se revisó la ley y se excluyó a Puerto Rico sin ni siquiera informarles a los ciudadanos del territorio ni mucho menos discutirlo con ellos. El propio Tribunal federal desconoce las razones por las cuales se excluyó a Puerto Rico.
El Congreso puede excluir a Puerto Rico arbitrariamente de una legislación al igual que puede aprobar legislación como la Ley 870 para que la Isla pueda acogerse al Capítulo 9.
El juez federal Torruella, señaló que el trato que se le da a Puerto Rico concerniente a las opciones de bancarrota bajo una ley de quiebras es otro ejemplo de lo que constituye “claramente una relación colonial, una que viola nuestra Constitución”.
Debemos recordar que el detonante que nos llevó a esta crisis económica en Puerto Rico fue la eliminación que aprobó el Congreso de la Sección 936 del Código de Rentas Internas en 1996, sin establecer un plan alterno.
Las 936 generaban empleos bien remunerados e inyectaban fondos a la banca local. El gobierno de Pedro Rosselló respaldó la eliminación de las 936 sin un proyecto sustituto ni nada a cambio.
También son responsables de esta crisis las administraciones subsiguientes que no utilizaron el período de gracia de diez años (1996-2006) para presentar un plan alterno que sustituyera las 936.
Estos gobiernos se dedicaron a construir grandes obras y aumentar los gastos del Gobierno financiados con la deuda pública.
Una fuente importante de desarrollo es la deuda pública, siempre y cuando exista una fuente de repago. Tanto Estados Unidos como Singapur tienen una deuda pública enorme, pero tienen su fuente de repago.
Esta crisis económica representa una oportunidad formidable para redefinir la relación entre Puerto Rico y la metrópoli. La clave es no estar a merced del Congreso enmarcados en la cláusula territorial de su Constitución y establecer una relación digna que les convenga a ambas partes.
El embajador Peter Rosenblatt, quien negoció los tratados con los protectorados estadounidenses en el Pacífico, nos apunta que en el proceso “todo es negociable”.
La prestigiosa revista The Economist en su artículo reciente, “The Problem of Puerto Rico”, resalta que aunque muchos políticos estadounidenses prefieren ignorar a Puerto Rico, llegará el momento en que el cuento tendrá un final.